Prosegur no puede prorratear las pagas extras de forma unilateral

La Inspección de Trabajo de las Palmas de Gran Canaria obliga a Prosegur a dejar de prorratear la paga extra de marzo de uno de sus Vigilantes de Seguridad por hacerlo de manera unilateral, contraviendo así lo que establece el Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad, en donde se establece que para poder prorratear cualquiera de las tres pagas extras, tiene que haber acuerdo entre ambas partes.

 

Esta es una de las practicas habituales y abusivas de Prosegur en todo el territorio nacional, en donde la empresa justifica esta practica como politica interna de la empresa y se quedan tan anchos.

 

Lo curioso de este asunto es que cuando la Inspección de Trabajo contactó con el responsable de Relaciones Laborales de Prosegur, la justificación de éste fue: "en relación a las pagas extraordinarias, el artículo 45.3 del Convenio Colectivo de aplicación, establece la posibilidad de prorrateo" a lo que la inspectora de trabajo le recordó que tal artículo seguía con: "previo acuerdo de empresario y trabajador".

 

En fin, las cosas de Prosegur.

 

 

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